Según Resolución 071/19 – Seprelad las Aseguradoras deberán desarrollar e implementar procedimientos y políticas de debida diligencia en el conocimiento de sus Clientes, Beneficiarios Finales, Proveedores, Intermediarios, brockers y colaboradores de la compañía con la cual los SO mantienen una relación contractual para la prestación de algún servicio o el suministro de cualquier producto, con independencia de la mención específica que se le asigne en función de la actividad de que se trate.
Aseguradora Yacyreta SA como sujeto obligado busca cumplir y actuar con los términos de la Ley Nro. 1015/97 modificada en algunos artículos por Ley Nro. 3783/09 y Ley 6497/2019, así como las resoluciones y normativas vigentes emitidas por la Secretaría de Prevención de Lavado de Activos o Bienes( SEPRELAD), por lo cual ha establecido un conjunto de orientaciones para administrar y prevenir el riesgo de que sus productos o servicios sean utilizados con finalidades delictivas, con el fin de legitimar el resultado económico incorporando el mismo al circuito de la economía formal.